Monday 10 April 2017

CIRCUNSTANCIA EXIMENTE







El 27.08.2014 Joana entró en la tienda de Martín. Al salir, dejó olvidada una malla con efectos personales. Martín salió de la tienda, llamándola a voces, sin obtener ningún eco. Tanto, que tuvo que seguirla prácticamente hasta su casa. Y, al devolverle sus útiles, se fijó, por un momento, en su aspecto: extremadamente delgado, con un jersey de lana gruesa y aquél pelo fino, rojizo, con un mechón sobre la oreja, disimulando un pequeño aparato en el oído. Aquél aire abandonado le suscitó cierto afecto.

Fue así como comenzó la obsesión de Martín por seguir los pasos de Joana, observándola desde la distancia, sentándose detrás de ella durante horas en la biblioteca, observando su nuca, sin atreverse a hablar.

Un día 10.03.2015, Martín esperó a Joana en el portal de su casa: estaba decidido a declararse. Sólo al ver aquél gesto de pánico y desconcierto, cayó en la cuenta de que él no era más que un desconocido. En un arranque de miedo, de cólera y de vergüenza, la estranguló con sus manos. Calmada su ira, fue consciente de que nunca más la vería. Se quedó durante horas mirándola, en un estado casi cataléptico, mientras Farruco, vecino del primer piso, le sustraía al cadáver el reloj que llevaba en la muñeca.

Nunca se ha llegado a alegar la existencia de los bienes sustraídos. En cuando a Martín, el juez acordó un auto de internamiento en un Centro Médico Psiquiátrico, por entender que, al tiempo de los hechos, presentaba un trastorno delirante de curso crónico, alteración mental que estaba favorecida y potenciada por una personalidad paranoide y por el consumo habitual de estupefacientes.

A día de hoy, nadie ha satisfecho todavía los honorarios del abogado.
 
 
www.fernandezbaladron.com





asesorfiscal, binissalem, binisalemhttp://www.fernandezbaladron.com
 

 

 

No comments:

Post a Comment